Las funciones del Auxiliar de Enfermería
Las funciones del Auxiliar de Enfermería vienen recogidas en los artículos 74 al 84, con las prohibiciones referidas en el artículo 85, del Estatuto de Personal Sanitario No Facultativo de la Seguridad Social. Dicho estatuto se plasmó en una Orden del Ministerio de Trabajo de 26 de Abril de 1973 (publicado en el B.O.E. del 28 y 30 de Abril de 1973). Aunque se ha promulgado el nuevo Estatuto Marco que afecta a todo el personal estatutario del Sistema Nacional de Salud (Ley 55/2003, de 16 de diciembre) y deroga los tres estatutos vigentes hasta la fecha, las funciones recogidas en el antiguo Estatuto continúan vigentes (según la Disposición Transitoria Sexta de la Ley 55/2003).
Las funciones del Auxiliar de Enfermería vienen recogidas en los artículos 74 al 84, con las prohibiciones referidas en el artículo 85, del Estatuto de Personal Sanitario No Facultativo de la Seguridad Social. Dicho estatuto se plasmó en una Orden del Ministerio de Trabajo de 26 de Abril de 1973 (publicado en el B.O.E. del 28 y 30 de Abril de 1973). Aunque se ha promulgado el nuevo Estatuto Marco que afecta a todo el personal estatutario del Sistema Nacional de Salud (Ley 55/2003, de 16 de diciembre) y deroga los tres estatutos vigentes hasta la fecha, las funciones recogidas en el antiguo Estatuto continúan vigentes (según la Disposición Transitoria Sexta de la Ley 55/2003).
![]()
· Art. 74 del Estatuto: Corresponde a las Auxiliares de Enfermería ejercer, en general, los servicios complementarios de la asistencia sanitaria en aquellos aspectos que no sean de la competencia del Personal Auxiliar Sanitario Titulado. A tales efectos, se atendrán a las instrucciones que reciban del citado personal que tenga atribuida la responsabilidad en la esfera de su competencia del Departamento o Servicio donde actúen las interesadas, y, en todo caso, dependerán de la Jefatura de Enfermería y de la Dirección del Centro. Igualmente cumplirán aquellas otras funciones que se señalen en los Reglamentos de Instituciones Sanitarias y las instrucciones propias de cada Centro, en cuanto no se opongan a lo establecido en el presente Estatuto.
· Art. 75 del Estatuto: Las funciones de las Auxiliares de Enfermería en los Servicios de Enfermería serán:
· Art. 76 del Estatuto: Las funciones de las Auxiliares de Enfermería en los Departamentos de Quirófano y Esterilización serán:
Art. 77 del Estatuto: Las funciones de las Auxiliares de Enfermería en los Departamentos de Tocología serán:
Art. 78 del Estatuto: Las funciones de las Auxiliares de Enfermería en los Departamentos de Radio-Electrología serán:
Art. 79 del Estatuto: Las funciones de las Auxiliares de Enfermería en los Departamentos de Laboratorio serán:
Realizar la limpieza y colaborar con el Personal Auxiliar Sanitario Titulado en la ordenación de la frasquería y material utilizado en el trabajo diario y, en general, todas aquellas actividades que, sin tener carácter profesional sanitario, vienen a facilitar las funciones del Médico y de la Enfermera o Ayudante Técnico Sanitario.
Art. 80 - Funciones de los Auxiliares de Enfermería en el Servicio de Admisión
· Art. 80 del Estatuto: En el Servicio de Admisión de Enfermos, las Auxiliares de Enfermería realizan las siguientes funciones:
Acompañar a los enfermos a las plantas y servicios que les sean asignados, siempre que no sean trasladados en camillas y, en general, realizarán todas aquellas actividades que, sin tener un carácter profesional sanitario, vienen a facilitar las funciones del Médico y de la Enfermera o Ayudante Técnico Sanitario.
· Art. 81 del Estatuto: En el Departamento de Consultas Externas de las Instituciones Sanitarias Cerradas corresponde a las Auxiliares de Enfermería:
Ayudar al Personal Auxiliar Sanitario Titulado en su cometido respecto de aquellos enfermos susceptibles de hospitalización y, en general, realizar todas aquellas actividades que, sin tener un carácter profesional sanitario, vienen a facilitar las funciones del Médico y de la Enfermera o Ayudante Técnico Sanitario.
· Art. 82 del Estatuto: Las funciones de las Auxiliares de Enfermería en la Farmacia son:
rt. 83 - Funciones de los Auxiliares de Enfermería en la Unidad de Rehabilitación
· Art. 83 del Estatuto: Las funciones de las Auxiliares de Enfermería en la Unidad de Rehabilitación serán:
Art. 84 - Funciones de los Auxiliares de Enfermería en las Instituciones Sanitarias Abiertas (Ambulatorios)
· Art. 84 del Estatuto: Las funciones de los Auxiliares de Enfermería en las Instituciones Sanitarias Abiertasserán:
· Art. 85 del Estatuto: Queda prohibido a los Auxiliares de Enfermería la realización de los cometidos siguientes:
|
Comentarios
Publicar un comentario